Sinopsis
La contratación de familiares por parte del empresario o persona empleadora ha venido siendo una duda reiterada por parte de los propios implicados y asesores. La normativa se limita a establecer, de una forma un tanto confusa, las condiciones de pertenencia al Régimen General o al de autónomos, y establece una vaga regulación a la hora de encuadrar hijos menores de 30 años o familiares autónomos colaboradores, habiendo dejando a la interpretación de los tribunales la verdadera configuración de los factores que configuran el derecho (o la obligación) de contratación como trabajadora ordinario (o autónomo) en base a la existencia de convivencia, la independencia económica, la remunerabilidad, el grado de consanguinidad el control efectivo de la sociedad, ajenidad, dependencia, etc.